Objeto
– Solicitud de devolución de la parte correspondiente del Impuesto de Circulación por Baja Definitiva.
Quién puede realizar el trámite
– Cualquier persona física o jurídica que haya dado de baja definitiva un vehículo.
Requisitos
– Tener abonado el impuesto del año en curso.
Cómo se puede realizar el trámite / Documentación a presentar
– Instancia general firmada solicitando la devolución de la parte correspondiente y facilitando un número de cuenta donde se le vaya a hacer el reintegro.– Justificante de la baja del vehículo emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico.
Cómo y cuándo se resuelve– El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales.– El reintegro del importe correspondiente se realiza a partir de los tres meses de haber sido cobrado el recibo por el banco.