De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la ordenanza inicialmente aprobada se somete a información pública durante treinta días, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.
Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la ordenanza se considerará aprobada definitivamente, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.
Boletín Nº 50 – 10 de marzo de 2022